El DOE de 2 de abril publica la ORDEN de 22 de marzo de 2024 por la que se regulan las pruebas o
actividades personalizadas extraordinarias para la obtención del título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma
de Extremadura por el alumnado que no lo haya obtenido al finalizar la etapa.
Para acceder a la Orden, pincha en la imagen.
* Podrá presentarse a estas pruebas o actividades personalizadas extraordinarias el alumnado que, una vez finalizado el proceso de evaluación de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, no haya obtenido el título y haya superado los límites de edad establecidos
en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
* El alumnado que se presente a estas pruebas o actividades personalizadas extraordinarias
no podrá estar matriculado en otra modalidad de enseñanza que conduzca a la misma
titulación.
** Las pruebas o actividades personalizadas extraordinarias se realizarán, con carácter general, en el centro de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad Autónoma de
Extremadura en el que el alumnado haya estado matriculado en el último curso de la etapa.
** El alumnado interesado deberá presentar la solicitud en la secretaría del centro en el que
haya finalizado sus estudios de Educación Secundaria Obligatoria.
** Las solicitudes se presentarán en la primera quincena del mes de marzo de cada curso
académico.