PMAR/ DIVERSIFICACIÓN

Programas de Diversificación Curricular. Orden regulación. Extremadura.

El DOE de 31 de marzo publica la ORDEN de 24 de marzo de 2023 por la que se regulan los programas de diversificación curricular en los centros docentes que imparten Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Extremadura.


La Orden incluye el Modelo de Informe, Propuesta de acceso, así como la programación de los distintos ámbitos relativos a dichos programas.


** Para acceder a la Orden de Diversificación, pincha en la imagen.


DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR. Instrucción 30 mayo 2022


Se ha publicado la INSTRUCCIÓN Nº 10/2022, DE 30 DE MAYO, DE LA SECRETARÍA GENERAL DEEDUCACIÓN, SOBRE ASPECTOS REFERIDOS AL DESARROLLO DELPROGRAMA DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR EN CENTROS EDUCATIVOSSOSTENIDOS CON FONDOS PUBLICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEEXTREMADURA PARA EL CURSO 2022/2023.

REGULACIÓN PMAR. EXTREMADURA




El DOE de 19 de septiembre publica la ORDEN de 7 de septiembre de 2016 por la que se regulan los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento en los centros docentes que imparten la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Hay que señalar que en la Orden se permite algo que no permitían en la anterior Instrucción: que accedan alumnos de 3º ESO, para "repetir" en el PMAR, sin necesidad de haber repetido previamente.

Para acceder a la Orden : Regulación PMAR Extremadura.


LOS PROGRAMAS DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y RENDIMIENTO (PMAR)
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La Ley Orgánica de 8/2013 de 9 de diciembre, recoge como una medida de atención a la diversidad la organización de los Programas de Mejora del Aprendizaje y del rendimiento, dirigidos preferentemente a aquellos alumnos y alumnas que presenten dificultades de  relevantes de aprendizaje  no imputables a falta de estudio o esfuerzo. En su artículo 27 hacer referencia a los Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento.
Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, (BOE 3 de enero de 2015) por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, en su artículo 19 hace referencia a estos Programas, estableciendo que se desarrollarán a partir del segundo curso de la ESO.
La Junta de Extremadura, en su ámbito de competencias, establece el Decreto 127/2015, de 26 de mayo, por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato para  la Comunidad Autónoma de Extremadura. En su artículo 25 regula los Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento:
1. Los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento se desarrollarán a partir de segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
En dichos programas se utilizará una metodología específica a través de la organización de contenidos, actividades prácticas y, en su caso, de materias diferente a la establecida con carácter general, con la finalidad de que los alumnos y alumnas puedan cursar el cuarto curso por la vía ordinaria y obtengan el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
2. Estos programas irán dirigidos preferentemente a aquellos alumnos y alumnas que presenten dificultades relevantes de aprendizaje no imputables a falta de estudio o esfuerzo.
3. El equipo docente podrá proponer a los padres o tutores legales la incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento de aquellos alumnos y alumnas que hayan repetido al menos un curso en cualquier etapa, y que una vez cursado el primer curso de Educación Secundaria Obligatoria no estén en condiciones de promocionar al segundo curso, o que una vez cursado segundo curso no estén en condiciones de promocionar al tercero.
El programa se desarrollará a lo largo de los cursos segundo y tercero en el primer supuesto, o solo en tercer curso en el segundo supuesto. Aquellos alumnos y alumnas que, habiendo cursado tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria, no estén en condiciones de promocionar al cuarto curso, podrán incorporarse excepcionalmente a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento para repetir tercer curso.
En todo caso, su incorporación requerirá la evaluación tanto académica como psicopedagógica y la intervención de la Consejería competente en materia de educación en los términos que ésta establezca, y se realizará una vez oídos los propios alumnos o alumnas y sus padres, madres o tutores legales.

4. La Consejería competente en materia de educación establecerá el currículo de estos programas, que incluirán los siguientes ámbitos y materias:
a) Ámbito de carácter lingüístico y social, que incluirá al menos los aspectos básicos del currículo correspondientes a las materias troncales Lengua Castellana y Literatura y Geografía e Historia.
b) Ámbito de carácter científico y matemático, que incluirá al menos los aspectos básicos del currículo correspondientes a las materias troncales Biología y Geología, Física y Química y Matemáticas, según corresponda en cada curso.
c) Ámbito de lenguas extranjeras.
d) Tres materias del bloque de materias específicas, que a juicio del equipo docente y del departamento de orientación mejor se adapten a las características y necesidades del alumnado.
e) Una o más materias del bloque de libre configuración autonómica o especialmente diseñadas para estos programas, hasta completar el horario lectivo semanal establecido para los correspondientes cursos de la etapa.
5. Se crearán grupos específicos para el alumnado que siga estos programas, el cual tendrá, además, un grupo de referencia con el que cursará las materias no pertenecientes al bloque de asignaturas troncales. 
Además, se potenciará la acción tutorial como recurso educativo que pueda contribuir de una manera especial a subsanar las dificultades de aprendizaje y a atender las necesidades educativas de los alumnos


2º  E.S.O.
3º E.S.O.
-AMBITO LINGÜÍSTICO Y SOCIAL
             - Lengua Castellana y Literatura
             - Geografía e Historia

4
3

4
3
-ÁMBITO CIENTÍFICO Y MATEMÁTICO
             - Matemáticas
             - Biología y Geología
             - Física y Química

4

4

4
2
2
-ÁMBITO DE LENGUAS EXTRANJERAS
             - Inglés

3

4
- BLOQUE DE MATERIAS ESPECÍFICA
        - Educación Física
        - Religión /Valores Éticos
        - Educación Plástica, Visual y Audiovisual
        -  Música

2
1

3

2
1
3



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