Programas de Diversificación Curricular. Orden regulación. Extremadura.
El DOE de 31 de marzo publica la ORDEN de 24 de marzo de 2023 por la que se regulan los programas de diversificación curricular en los centros docentes que imparten Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Extremadura.La Orden incluye el Modelo de Informe, Propuesta de acceso, así como la programación de los distintos ámbitos relativos a dichos programas.
** Para acceder a la Orden de Diversificación, pincha en la imagen.
DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR. Instrucción 30 mayo 2022
Se ha publicado la INSTRUCCIÓN Nº 10/2022, DE 30 DE MAYO, DE LA SECRETARÍA GENERAL DEEDUCACIÓN, SOBRE ASPECTOS REFERIDOS AL DESARROLLO DELPROGRAMA DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR EN CENTROS EDUCATIVOSSOSTENIDOS CON FONDOS PUBLICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEEXTREMADURA PARA EL CURSO 2022/2023.
REGULACIÓN PMAR. EXTREMADURA
El DOE de 19 de septiembre publica la ORDEN de 7 de septiembre de 2016 por la que se regulan los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento en los centros docentes que imparten la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Hay que señalar que en la Orden se permite algo que no permitían en la anterior Instrucción: que accedan alumnos de 3º ESO, para "repetir" en el PMAR, sin necesidad de haber repetido previamente.
Para acceder a la Orden : Regulación PMAR Extremadura.
LOS PROGRAMAS DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y RENDIMIENTO (PMAR)
La Ley Orgánica de
8/2013 de 9 de diciembre, recoge como una medida de atención a la diversidad la
organización de los Programas de Mejora del Aprendizaje y del rendimiento,
dirigidos preferentemente a aquellos alumnos y alumnas que presenten
dificultades de relevantes de aprendizaje no imputables a falta de
estudio o esfuerzo. En su artículo 27 hacer referencia a los Programas de
Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento.
La Junta de Extremadura, en su
ámbito de competencias, establece el Decreto 127/2015, de 26 de mayo, por el
que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y de
Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura. En su artículo
25 regula los Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento:
El DOE de 19 de septiembre publica la ORDEN de 7 de septiembre de 2016 por la que se regulan los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento en los centros docentes que imparten la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Hay que señalar que en la Orden se permite algo que no permitían en la anterior Instrucción: que accedan alumnos de 3º ESO, para "repetir" en el PMAR, sin necesidad de haber repetido previamente.
Para acceder a la Orden : Regulación PMAR Extremadura.
LOS PROGRAMAS DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y RENDIMIENTO (PMAR)
Real Decreto 1105/2014, de 26
de diciembre, (BOE 3 de enero de 2015) por el que se establece el currículo
básico de la
Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, en su
artículo 19 hace referencia a estos Programas, estableciendo que se
desarrollarán a partir del segundo curso de la ESO.
1. Los programas de mejora del
aprendizaje y del rendimiento se desarrollarán a partir de segundo curso de la Educación Secundaria
Obligatoria.
En dichos programas se
utilizará una metodología específica a través de la organización de contenidos,
actividades prácticas y, en su caso, de materias diferente a la establecida con
carácter general, con la finalidad de que los alumnos y alumnas puedan cursar
el cuarto curso por la vía ordinaria y obtengan el título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria.
2. Estos programas irán
dirigidos preferentemente a aquellos alumnos y alumnas que presenten dificultades
relevantes de aprendizaje no imputables a falta de estudio o esfuerzo.
3. El equipo docente podrá
proponer a los padres o tutores legales la incorporación a un programa de
mejora del aprendizaje y del rendimiento de aquellos alumnos y alumnas que
hayan repetido al menos un curso en cualquier etapa, y que una vez cursado el
primer curso de Educación Secundaria Obligatoria no estén en condiciones de
promocionar al segundo curso, o que una vez cursado segundo curso no estén en
condiciones de promocionar al tercero.
El programa se desarrollará a
lo largo de los cursos segundo y tercero en el primer supuesto, o solo en
tercer curso en el segundo supuesto. Aquellos alumnos y alumnas que, habiendo
cursado tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria, no estén en
condiciones de promocionar al cuarto curso, podrán incorporarse
excepcionalmente a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento para
repetir tercer curso.
En todo caso, su incorporación
requerirá la evaluación tanto académica como psicopedagógica y la intervención
de la Consejería
competente en materia de educación en los términos que ésta establezca, y se
realizará una vez oídos los propios alumnos o alumnas y sus padres, madres o
tutores legales.
4. La Consejería competente
en materia de educación establecerá el currículo de estos programas, que
incluirán los siguientes ámbitos y materias:
a) Ámbito de carácter
lingüístico y social, que incluirá al menos los aspectos básicos del currículo
correspondientes a las materias troncales Lengua Castellana y Literatura y
Geografía e Historia.
b) Ámbito de carácter
científico y matemático, que incluirá al menos los aspectos básicos del
currículo correspondientes a las materias troncales Biología y Geología, Física
y Química y Matemáticas, según corresponda en cada curso.
c) Ámbito de lenguas
extranjeras.
d) Tres materias del bloque de
materias específicas, que a juicio del equipo docente y del departamento de
orientación mejor se adapten a las características y necesidades del alumnado.
e) Una o más materias del
bloque de libre configuración autonómica o especialmente diseñadas para estos
programas, hasta completar el horario lectivo semanal establecido para los
correspondientes cursos de la etapa.
5. Se crearán grupos
específicos para el alumnado que siga estos programas, el cual tendrá, además,
un grupo de referencia con el que cursará las materias no pertenecientes al
bloque de asignaturas troncales.
Además, se potenciará la acción tutorial como
recurso educativo que pueda contribuir de una manera especial a subsanar las
dificultades de aprendizaje y a atender las necesidades educativas de los
alumnos
2º E.S.O.
|
3º E.S.O.
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-AMBITO LINGÜÍSTICO Y SOCIAL
- Lengua Castellana y Literatura
- Geografía e Historia
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4
3
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4
3
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-ÁMBITO CIENTÍFICO Y MATEMÁTICO
- Matemáticas
- Física y Química
|
4
4
|
4
2
2
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-ÁMBITO DE LENGUAS EXTRANJERAS
- Inglés
|
3
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4
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- BLOQUE DE MATERIAS ESPECÍFICA
-
Educación Física
-
Religión /Valores Éticos
-
Educación Plástica, Visual y Audiovisual
-
Música
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2
1
3
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2
1
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